Armando Ríos Piter: Reserva al artículo Primero Transitorio del dictamen sobre Reforma Energética

Muy buenos días compañeras y compañeros senadores. Acudo a esta tribuna a presentar esta reserva respecto al Transitorio Primero, que es el que busca poner en implementación el presente decreto que ustedes han venido discutiendo, y compartir con ustedes reflexiones que me parece indispensable respecto a esto que cuando fue aprobado ustedes aplaudieron y que es indispensable tener en un contexto integral.

Hemos repetido a lo largo de todo este debate, tanto en las comisiones unidas como el día de ayer, y lo que nos quedará durante el día de hoy –que seguramente serán varias horas- que este es el debate más importante respecto a la Constitución y especialmente respecto al pacto social y al Estado moderno.

Han decidido ustedes hacer cambio trascendentes al Artículo 25, 27 y 28 Constitucional, que para nosotros significan enorme riesgos, especialmente cuando han definido abrir la oportunidad de contratos de licencias, cuando han decidido que sean los tribunales internacionales quienes definan sobre un tema tan importante como los bienes del subsuelo, y de manera particular, condenando a través de estas modificaciones, a que se pierda -como lo hemos señalado- la seguridad energética del país.

Y precisamente por ello, lo que hemos decidido en el Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, y como partido político, es hacer uso de un derecho que está establecido en el artículo 35 de nuestra Carta Magna. La Constitución establece a partir del 9 de agosto del 2013, fecha en la que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, un largo proceso de trabajo que encabezó el Partido de la Revolución Democrática y que incluso en algunos momentos nos tocó debatir y defender junto con otros partidos políticos, como en aquél momento Acción Nacional.

Este Artículo 35, le confiere a los ciudadanos y a las ciudadanas la oportunidad, el derecho de poderse expresar en fecha electoral, respecto a temas que considera de enorme trascendencia, respecto a temas, que si es que logra reunir el 2 por ciento del total de las firmas de aquellos que estén inscritos en la lista nominal de electores, para solicitarle a la autoridad que pueda hacer una consulta popular.

En tal sentido, desde la presentación de las iniciativas que hoy nos han llevado a la discusión del presente decreto, el Partido de la Revolución Democrática se dio a la tarea de hacer una amplia convocatoria, una convocatoria en la cual hemos logrado reunir alrededor de dos millones de firmas de ciudadanos y de ciudadanas que en todo el territorio nacional, se han manifestado por una consulta popular en torno a este tema que ustedes están queriendo imponerle a los ciudadanos y a las ciudadanas.

Y es importante señalarlo, compañeros y compañeras senadoras, porque aquí en la tribuna hemos recordado que el 70 por ciento, según la última encuesta que hizo “Este País” 70 por ciento de los ciudadanos y las ciudadanas, a pregunta expresa están en contra de que participe la iniciativa privada en el tema de los hidrocarburos.

De tal forma que esta consulta popular, como un derecho constitucional, habremos de hacerla valer.

Y me parece importante subrayarlo, compañeros y compañeras, porque incluso el día de ayer por la mañana el presidente de la Comisión de Energía, osaba decir que este tema, -un tema que tiene que ver con el sector energético- no era válido para el tema de una consulta ciudadana.

Hemos estado en una enorme batalla respecto a este tema; no han querido aceptar lo que fue un acuerdo político desde hace ya prácticamente una semana, y han querido irle dando vueltas en esa misma lógica del chanchuyo que yo comentaba hace un rato, respecto a los cambios en los dictámenes y han querido ahora ver con triquiñuelas este debate.

Esperamos que el día de hoy, podamos arrancar esa discusión que ya han terminado los diputados y las diputadas. De tal manera que lo que yo les propongo en la presente reserva, es que no se lleve a cabo, que no pueda entrar en vigor el presente decreto, en tanto esté condicionada a la aprobación de la consulta popular, conforme a lo establecido en el inciso octavo del artículo 35, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Consulta popular que es un derecho de todas y de todos los ciudadanos, ¡consulta popular ya!


Es cuanto señor presidente.

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