Iniciativa que busca
fortalecer la función del personal docente a través de herramientas pedagógicas
para atender, prevenir y erradicar el bullying
INICIATIVA CON
PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA LA FRACCIÓN V AL ARTÍCULO 20 DE LA
LEY GENERAL DE EDUCACIÓN.
El proponente RICARDO
MEJÍA BERDEJA y el suscrito RICARDO MONREAL ÁVILA, diputados
integrantes del Grupo Parlamentario de Movimiento Ciudadano, de conformidad con
lo dispuesto en los artículos 71, fracción II; y 55 del Reglamento para el
Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, someten
a consideración del pleno, la siguiente INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO
POR EL QUE SE ADICIONA LA FRACCIÓN V AL ARTÍCULO 20 DE LA LEY GENERAL DE
EDUCACIÓN, al tenor del siguiente:
Planteamiento del
problema
México ocupa el primer
lugar internacional de casos de bullying en educación básica ya que afecta a 18
millones 781 875 alumnos de primaria y secundaria tanto públicas como privadas,
de acuerdo con un estudio de la Organización para la Cooperación y el
Desarrollo Económico (OCDE).
Entre los países
miembros el 40.24 por ciento de los estudiantes declara haber sido víctima de
acoso; 25.35 por ciento haber recibido insultos y amenazas; 17 por ciento ha
sido golpeado y 44.47 por ciento ha sido blanco de violencia verbal,
psicológica, física y ahora a través de las redes sociales.
El bullying se ha
convertido en un severo problema ya que, conforme a la Comisión Nacional de
Derechos Humanos (CNDH), el número de afectados aumentó 10 por ciento en los
últimos dos años, al grado de que siete de cada diez han sido víctimas de
violencia.
De los 26 millones 12
mil 816 estudiantes de los niveles preescolar, primaria y secundaria, alrededor
de 60 y 70 por ciento ha sufrido bullying, y aun cuando se carece de registros
certeros, la ausencia de políticas para prevenir la violencia y el acoso
escolar han derivado en bajo rendimiento, deserción, así como un incremento de
suicidio.
De igual manera
establece que 59 por ciento de los suicidios por razones diversas, incluidas el
acoso físico psicológico y ahora cibernético entre estudiantes se concentra en
nueve entidades: Estado de México, Jalisco, Distrito Federal, Veracruz,
Guanajuato, Chihuahua, Nuevo León, Puebla, Tabasco.
Lo realmente alarmante
es que el suicidio entre menores de edad, de 5 a 13 años, principalmente ha
incrementado ya que además del ámbito escolar los menores son humillados
y maltratados en las redes sociales.
Los jóvenes afectados
por bullying, como se denomina a la persecución y hostigamiento deliberado de
un grupo de poder hacia personas de su mismo plantel, aula de estudio, sufren
de reiteradas humillaciones y actos de violencia causándoles bajo autoestima y
rendimiento escolar, deserción, así como problema de sueños y terrores
nocturnos, muchos dejan de comer, bajan de peso, están ansiosos todo el tiempo
e irritables, padecen lesiones que llegan, en ciertos casos, a ser mortales,
presentan severos conflictos emocionales y depresión que los lleva al suicidio.
Cabe recalcar que los
niños son más afectados que las niñas, asimismo aquellos que tienen algún tipo
de discapacidad, aquellos que tienen algún tipo de enfermedad como diabetes,
obesidad, o que simplemente su tono de piel es más obscuro o demasiado blanco
que el resto.
México necesita contar
con un diagnostico sobre los niveles de violencia existentes en los centros
escolares para saber cómo enfrentar el problema del bullying.
El fenómeno del
acoso escolar, el cual según cifras de la Comisión Nacional de Derechos
Humanos (CNDH) creció un 10% entre 2011 y 2013.
Un programa para
tratar el acoso escolar en México tiene que ir mucho más allá de solo buscar
controlar el comportamiento de los menores en los planteles educativos, es el
capacitar a los profesores.
Explicar a los
profesores qué es el acoso y mostrarles que no deben subestimar acciones de
agresión u hostilidad, es fundamental para erradicar la práctica de este tipo
de violencia, en las escuelas del país.
Debe capacitarse con
mucha claridad a los docentes, darles formación ética y formación humanística
que los preparen para detectar y resolver este tipo de problemas.
Dotar a los docentes
de herramientas para a cercar a los alumnos y para detectar los casos de acoso,
así como generar un modelo escolar que propicie la convivencia libre de
violencia entre los educandos.
El papel fundamental
que podrían desempeñan los docentes en evitar y erradicar conductas violentas a
través de una adecuada intervención con herramientas pedagógicas para el manejo
y resolución pacífica de conflicto entre el alumnado, pone en un lugar privilegiado,
al contemplar al docente como un agente social de cambio al interior de los
centros escolares, espacio primordial de interacción social, formación y
adquisición de conocimientos.
Por ellos es
importante que desde un inicio no se tome como algo pequeño cualquier símbolo
de agresión u hostilidad por parte de ninguno de los actores que se encuentran
inmersos en los centros educativos.
Cabe recalcar que los
padres y maestros deben saber detectar cuando un niño sufre violencia y es
víctima de bullying algunos aspectos pueden ser los siguientes:
Los niños o
adolescentes acosados tienden a encorvarse.
No tienen mucho
contacto visual con sus compañeros
Tienen poca energía y
dirigen la mirada hacia el suelo.
Empiezan a aislarse.
Tienden a decir que no
quieren ir a la escuela porque se sienten mal, inventan excusas y enfermedades.
En casa pueden
encerrarse en sus cuartos.
En el salón casi no
hablan y se sientes inseguros.
Los maestros deben de
contar con las capacidades que les permitan percatarse del tipo de situaciones
que predominan en las aulas o en cualquier espacio al interior y como
consecuencia alrededor o exterior de los centros educativos, y en caso de acoso
o violencia escolar actuar antes de que existan situaciones mayores y
lamentables; inspirar confianza a los alumnos para que sean capaces de expresar
su sentir, y sientan apoyo a fin de solucionar la problemática; por otra parte
contemplar al docente como vínculo entre los padres de familia tanto del menor
agredido como del menor agresor. No criminalizamos conductas infantiles, al
contrario el objetivo es abordar todas las aristas de la problemática al fin de
darle solución y con ello atender, prevenir y erradicar el bullying.
FUNDAMENTO LEGAL
La presente Iniciativa
se presenta con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II de
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 77 y 78 del
Reglamento de la Cámara de Diputados.
Por lo anteriormente
fundado y expuesto, sometemos a la consideración de esta H. Cámara de diputados
el siguiente proyectoDE DECRETO POR EL QUE SE ADICIONA LA FRACCIÓN V AL
ARTÍCULO 20 DE LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN.
Artículo Primero. Se
reforma el artículo 20 de la Ley General de Educación, adicionando la fracción
V.
Artículo 20.- Las
autoridades…….:
I – IV..
V.- Fortalecer la
función del personal docente a través de herramientas pedagógicas para el
manejo y resolución pacífica de conflictos, que propicien una convivencia libre
de violencia al interior de los centros educativos y en el entorno escolar.
TRANSITORIO
ÚNICO. El
presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación.
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