Alex Islas
Cuando
se piensa en violencia de género generalmente se tiene en consideración a una
mujer maltratada por un hombre en quien confía, pero hay que tener muy en
cuenta la creciente violencia ejercida contra los varones en nuestro país y de
la que se habla muy poco, además de que por miedo al ridículo muchas de las
víctimas no se atreven a denunciar eso también aunado a una cada vez más
creciente violencia institucional contra los hombres por el simple hecho de
serlo.
El
Inegi también lanza datos muy reveladores en su Encuesta Nacional de Violencia
durante el Noviazgo, por ejemplo, el 80 por ciento de los jóvenes entre 15 y 24
años han sufrido algún tipo de agresión psicológica por lo menos alguna vez en
su vida y 4 de cada 10 hombres han sufrido violencia física de parte de sus
novias, esto es bastante alarmante y nos pone de manifiesto que algo se debe
hacer y no es para minimizar (aunque algunas feministas recalcitrantes se
enojen).
Para
muestra de lo mencionado en el párrafo anterior datos de la Secretaría de Salud
mencionan que de los 3 mil casos de violencia reportados en 2008 el 40 por
ciento de las víctimas de violencia entre parejas son precisamente hombres, de
los cuales 60 por ciento se concentran en las grandes urbes de nuestro país
(Distrito Federal, Guadalajara y Monterrey), pero también es alarmante que de
los hombres que sufren alguna especie de violencia intrafamiliar solo el dos
por ciento se atreve a denunciar el maltratado del que ha sido objeto.
Ahora
bien ¿qué dice la ley al respecto? Según la Ley General de Acceso de las
Mujeres a una Vida Libre de Violencia (desde el título se deduce que solo las
mujeres pueden sufrir violencia intrafamiliar) en su artículo 7 se define
violencia familiar como: “el acto abusivo de poder u omisión intencional,
dirigido a dominar, someter, controlar, o agredir de manera física, verbal,
psicológica, patrimonial, económica y sexual a las mujeres, dentro o fuera del
domicilio familiar, cuyo Agresor tenga o haya tenido relación de parentesco por
consanguinidad o afinidad, de matrimonio, concubinato o mantengan o hayan
mantenido una relación de hecho”. Según esta legislación publicada en el Diario
Oficial de la Federación el 1 de febrero de 2007, única y exclusivamente las
mujeres sufren violencia familiar, esto puede tener una lectura, actualmente se
ha legislado con un pensamiento “políticamente correcto” poco importa si una
ley es justa o aplicable, lo que importa es quedar bien con algún grupo social
(y si ha sido históricamente marginado mejor), para esta legislación las
mujeres simple y sencillamente son
víctimas, los hombres siempre seremos los agresores. No dudo que algunos de
nuestros legisladores hayan tenido alguna buena intención al redactar la ley,
pero no podemos vivir de buenas intenciones ya este país está lleno de leyes
bien intencionadas, pero que no sirven para nada, ya lo dice aquel famoso y
conocido refrán: “El camino al infierno está empedrado de buenas intenciones”.
Otro
ejemplo muy claro de violencia institucional contra los hombres lo demuestran
la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) y el Gobierno del Distrito
Federal (GDF), me refiero al artículo 282 Fracción B Inciso II del Código Civil
del Distrito Federal sobre la custodia de los hijos durante el divorcio en el
que la ley es muy clara: “Los menores de 12 años deberán quedar al cuidado de
la madre”, poco importa la posible violencia y alineación que pueda ejercer una
madre sobre los hijos, la ley de origen viene sesgada y ejerce coacción contra
los hombres.
Aspirar
realmente a la igualdad y a la justicia implica que realmente todos tengamos
los mismos derechos y las mismas obligaciones, no se puede hablar de igualdad
en un país en el que la violencia contra uno de los géneros es duramente
castigada (como debe ser), pero la violencia contra el otro género es
completamente ignorada.
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