Hugo Falcón
Páez
En la búsqueda de una solución, primero hay que pensar qué encontraremos.
La geolocalización a la constitución. Tras modificar
los artículos 133 Quáter del Código Federal de Procedimientos Penales y 16, Fracción
I, Apartado D y 40 Bis de la Ley Federal de Telecomunicaciones, quedó aprobado
por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la Ley de Geolocalización
de celulares para que la Procuraduría General de la República, sin necesidad de
una orden judicial, pueda solicitar la ubicación del móvil. Esto se había
debatido sobre el juicio de inconstitucionalidad promovido por la Comisión
Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), contra la geolocalización de teléfonos
celulares. Para investigar delitos graves, sin la intervención de un juez
federal.
Sin embargo, ocho de los once ministros votaron a favor del proyecto
de Margarita Luna Ramos. Se pronunciaron en contra, Olga Sánchez Cordero,
Sergio Valls Hernández y José Ramón Cossío Díaz. Hay puntos neurálgicos en esta
reciente ley, pues en una de tantas, la PGR solicitará a la empresa de
telefonía la ubicación en tiempo real de la “señal” sospechosa, la cual estaría
relacionada con crímenes de alto impacto, como labores de investigación y
persecución de los delitos contra la salud, secuestro, extorsión o amenazas y
desaparición forzada. Así como esté en riesgo la vida o la integridad física de
una persona, pueda ocultarse o desaparecer el objeto de la investigación. Para obtener los datos y la ubicación exacta
del móvil, la PGR tendrá que justificar la urgencia y la solicitud se hará por
escrito o vía electrónica y se anexará al expediente de la averiguación previa.
La nueva ley avala la localización de los teléfonos móviles, por lo que las
autoridades tendrán que tener una orden judicial para catear el sitio donde se
encuentre el aparato electrónico, detener a la persona que lo tenga o para
intervenir llamadas en el número telefónico involucrado. Se menospreció al
estado de indefensión en que se coloca un individuo frente a una actuación
arbitraria ejecutada por las fuerzas del orden. La discusión terminó en que las
procuradurías están facultadas para la geolocalización con la acción de
inconstitucionalidad 32/2012 promovida por la CNDH. En las modificaciones se
analiza establecer límites al Ministerio Público federal y del Fuero Común,
para evitar abusos y violación de garantías individuales. Pero se espera que en
base al fundamento constitucional que rige a la PGR, el cual se encuentra
previsto en los artículos 21 y 102 apartado A, de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos, valoren las acciones y se salvaguarde a la
persona involucrada. Esta ley impetuosa, no vulnera los derechos humanos, al
contrario, confundirá aún más a los mexicanos en el derecho expreso de la
justicia. Lo que es la prestancia de un dispositivo móvil es irrelevante, ya
que los datos personales pueden ser apócrifos, falsos o en el peor de los
casos, crackeados o hackeados. Pues las líneas telefónicas tienen en el IMEI o
la sim card, el número y datos de quien suscribió la compra o adquisición del
móvil, no del usuario. En el caso de los contratos, suele pasar lo mismo, ya
que hay titulares y adicionales, en los cuales están los nombres completos,
direcciones, fechas de nacimiento, entre otras reseñas vitales, pero que a la
vez pueden ser inexistentes.
Echaron de menos la clonación de smartphones, ese
último término lo soslayaron los ministros, pareciera que los equipos móviles
como tablets, incluso MP3, refrigeradores o lap top son más inteligentes que
ellos. Los ministros debieron asesorarse con expertos en la materia de
tecnología, ya cualquier dispositivo es detectable por geolocalización. De por
sí las compañías de telefonía celular nos tienen a la vista de todos. Sistemas
operativos como Android, Windows Phone y el iOS de Apple, le dan hasta a un
infante la información absoluta, con videos e imágenes incluidas, de quien
posee la herramienta del futuro, y me refiero a cualquier mecanismo electrónico
que pueda recibir o emitir señal de Wi Fi. Ya no me refiero a las redes
sociales, que vienen incluidas en los smartphones. En nuestro país se han
lanzado un total de doce satélites para fines de telecomunicaciones fabricados
por firmas satelitales internacionales; conforman los sistemas Morelos,
Solidaridad, Satmex, QuetzSat y Mexsat, pero tan sólo siguen operando cuatro de
ellos. México, además ha lanzado uno para fines de investigación fabricado por
la Universidad Nacional Autónoma de México. Hasta marzo de 2013. Y este
2014 el satelite Centenario. Están construyendo cinco nuevos satélites;
tres son de comunicaciones, uno es de Satmex para sustituir las funciones de
aquellos cuya vida útil está por concluir y dos son del gobierno mexicano. Para
dar vida al nuevo sistema MEXSAT; los dos restantes son de investigación.
El rastreo satelital de un teléfono móvil no es la solución para menguar
el crimen, sino la aplicación de la justicia y los derechos humanos, relevantes
en su acción y ejecución. Y claro, la elaboración de reformas a la ley claras,
precisas y para el bien común. Es un hecho rotundo que vamos caminando para
atrás, no por la búsqueda de una solución, sino por el aparente conocimiento.
Por ello, hay que pensar qué vamos a encontrar.
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