El
Partido de la Revolución Democrática y sus grupos parlamentarios en la Cámara
de Diputados y en el Senado de la República han sostenido históricamente que la
generación de riqueza y su distribución equitativa en la sociedad mexicana es
una prioridad que debe de ser garantizada por el Estado mexicano, a través de
instituciones y reglas claras que propicien el desarrollo de mercados libres en
los que puedan competir y concurrir los diferentes agente económicos, por ello
impulsamos decididamente la reforma constitucional en materia de competencia
económica publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de junio de
2013.
La
reforma Constitucional en materia de Competencia es un paso crucial para
empezar a desmontar las estructuras anticompetitivas que enfrenta la economía
nacional y que tanto dañan a los mexicanos y sus familias. Para el PRD la
agenda legislativa en materia de combate a los monopolios debe atender todos
los efectos que estos mercados distorsionados han generado: impacto en la
inflación, afectación a consumidores, inhibición del crecimiento económico y de
la generación de empleos, aumento de la desigualdad en el ingreso, barreras
para que entraran nuevas empresas y reducción de la generación y adopción de
nuevas tecnologías que el país necesita urgentemente para ser más competitivo.
Hoy
día, los consumidores en México, continúan enfrentando mercados monopolizados
que los obligan a pagar mayores precios por los productos y servicios que
compran. De hecho, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo
Económico (OCDE), reconoce que el 30% del gasto de las familias en México se
lleva a cabo en mercados con problemas de competencia y que por ello deben
gastar un 40% más que si los mismos fueran competitivos[1]. Esta situación es peor para el 10%
más pobre de la población, que gasta alrededor de un 42% de sus ingresos en
mercados altamente concentrados[2],
lo que la lleva a enfrentar precios entre 17.6 y 22.7% más altos, en bienes tan
básicos como el maíz, jugos y agua; medicamentos; leche; carnes procesadas;
pollo y huevo.
Investigadores mexicanos han estimado que si se lograra
desmontar los monopolios en los productos básicos, el ingreso del diez por
ciento más pobre de la población sería al menos un 6% mayor, es decir, dicha
medida aumentaría en 6% el ingreso de los más pobres de México[3]. Lo anterior independientemente
de los efectos positivos que un esquema de mayor competencia generaría en el
crecimiento económico del país y en la creación de empleos.
Ante el inminente proceso de
dictaminación de la legislación secundaria en materia de Competencia Económica,
queremos reiterar nuestro compromiso en pro de las acciones de competencia, así
como expresar nuestras principales preocupaciones en lo particular sobre la
Iniciativa que presentó el Ejecutivo Federal. Nuestras aportaciones buscan
fortalecer el carácter pro-competitivo de la Ley, y aumentar la capacidad de la
autoridad, la Comisión Federal de Competencia Económica, de enfrentar a los
monopolios, mediante una Ley que contemple:
1. Ley Federal de Competencia Económica
pro-Consumidor.- Consideramos
que la Ley deberá tener como objetivo central aumentar los beneficios que los
consumidores y sus familias obtendrán de que exista competencia efectiva en
todos los mercados de la economía nacional, en particular para las familias de
menores ingresos.
2. Interés Legítimo para Interponer
Denuncias ante la CFCE en el caso de las Prácticas Monopólicas Relativas.- La iniciativa contempla que en materia
de prácticas monopólicas absolutas cualquier persona podrá realizar la
denuncia. Creemos que esto también ocurrir en el caso de las prácticas monopólicas relativas
y las concentraciones ilícitas, a fin de que cualquier persona pueda interponer
una denuncia por violaciones a la Ley Federal de Competencia Económica.
3. Régimen Especial de Monitoreo en
sectores Claves de la Economía.-
El PRD considera que la Ley Federal de Competencia Económica debe introducir un
régimen especial de monitoreo de las empresas en sectores claves de la economía
para poder identificar potenciales riesgos a la competencia y que la Comisión
pueda actuar rápidamente en beneficio de los consumidores.
4. Desincorporación de Activos.- La iniciativa del Ejecutivo
Federal, establece esta sanción sólo para aquel agente económico que haya sido
sancionado previamente. Proponemos que la Comisión pueda ordenar la
desincorporación de activos sin necesidad de una sanción previa. Además, con el
objeto de que este proceso de desincorporación resulte pro-competitivo y
eficiente, se adicione un “Análisis Económico de Desincorporación Competitiva”
que considere tanto la identificación precisa del problema competitivo
analizado, como una estimación del daño económico derivado de la permanencia
del problema competitivo identificado y una cuantificación de los beneficios
económicos que derivarían de la instrumentación de las opciones de
desincorporación.
5. Transparencia y rendición de cuentas.- La legislación secundaria deberá
garantizar que estudios de evaluación del desempeño de la Comisión en sus
distintas vertientes sean desarrollas por grupos de expertos en la materia
independientes de la autoridad –Universidades o Instituciones Académicas- que
permitan la constante actualización de las metodologías y la mejora en la
actuación de la Comisión, y que den elementos objetivos al Senado para evaluar el
desempeño de la institución, independientemente de la labor que realice el
Órgano Interno de Control.
6. Facultades de CFCE para Promover
Controversias Constitucionales.-
Es importante incluir con claridad que la Comisión no requiere de la
intervención del Ejecutivo Federal para promover controversias constitucionales
cuando se trate de actos o disposiciones generales emanadas del Congreso de la
Unión Federal, así como de Estados y Municipios. La promoción de controversias constitucionales
no puede quedar limitada sólo a los casos establecidos en el artículo 117 de la
Constitución ya que excluiría la promoción de controversias por motivos de
competencia.
7.
Definición de criterios en la CFCE.- La introducción de nuevos conceptos
como insumos esenciales, eliminación de barreras a la entrada o salida y
desincorporación de activos, producto de la Reforma Constitucional, hace
necesario que la ley defina dichos conceptos y que, a su vez, mandate a la
Comisión para definir periódicamente sus criterios de aplicación e
interpretación con base en elementos técnicos.
8. Evaluación de los Impactos Económicos
de Prácticas Anticompetitivas.-
Una de las grandes deficiencias del análisis que desarrollaba la anterior
Comisión Federal de Competencia era la ausencia de la medición de los impactos
adversos derivados de una práctica monopólica o de la instrumentación de una
concentración prohibida. Por ello es necesario que sea un requisito el
determinarlos para que la Comisión pueda acreditar el efecto negativo sobre el
interés público de estas prácticas anticompetitivas.
9. Investigaciones promovidas por el
Ejecutivo Federal o Procuraduría Federal del Consumidor.- Consideramos que al igual que los
otros agentes económicos, es necesario especificar en la Ley que tanto el
Ejecutivo Federal como la Procuraduría Federal de Consumidor deberán sustentar
adecuadamente sus solicitudes, eliminando los tratos preferenciales que
actualmente contempla la Iniciativa, para mantener la autonomía de la Comisión,
así como para proteger la efectividad de sus resoluciones.
10. Opiniones
de la CFCE en Materia de Competencia.-
La Iniciativa establece en su artículo 12 que las opiniones emitidas por la CFCE
no serán vinculantes, lo cual debilita su capacidad de controlar prácticas
anticompetitivas. Consideramos que dichas opiniones deben ser vinculantes, en
la medida que se preserven los principios del pacto federal.
11. Delimitación
de nuevas penas de prisión.- Las
actividades anticompetitivas deben disuadirse y dado que iniciativa del
Ejecutivo no considera penalizaciones a la persona que cometa, participe o
coadyuve en la comisión de una práctica anticompetitiva con independencia de
las multas administrativas que procedan, en el PRD consideramos indispensable
que se impongan penas de prisión dependiendo del monto de los daños generados
por la conducta anticompetitiva respectiva. Asimismo, a la persona que encubra,
o auxilie a encubrir, una práctica monopólica se le impondrá pena de prisión.
En el mismo
sentido consideramos que al Comisionado o funcionario de la Comisión que
declare falsamente que no tiene impedimento alguno para participar en las
deliberaciones o decisiones del órgano competencial, o que viole el principio
de imparcialidad, se le aplique una pena de prisión, sin perjuicio de las
responsabilidades administrativas, laborales y civiles que correspondan.
Hoy día, la economía mexicana tiene
graves y profundas deficiencias en materia de competencia económica y no
podemos quedarnos sólo en cambios del marco legal.
En el PRD estamos ciertos de que el
nuevo marco legal de competencia económica debe ser parte de un replanteamiento
de la labor del Estado que evite los excesos de un mercado dominado por conglomerados
de intereses privados y poderes fácticos que atentan contra el interés público,
e impulse medidas vinculadas a políticas de fomento, en particular de la micro,
pequeña y mediana empresa.
Esta es la oportunidad para construir
un régimen que otorgue beneficios reales a los mexicanos y sus familias como
resultado de reformular la rectoría del Estado mexicano, y en el PRD estamos
seguros que hoy tenemos la oportunidad de entregar una respuesta contundente y
demostrar a la sociedad mexicana que nuestro compromiso es, a favor de los familias
mexicanas y su bienestar, y del empleo, y del apoyo a las empresas productivas.
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